La Sección de Investigación Financiera de la Anif(SIF), ha presentado a los Sujetos Obligados, el modelo de elaboración de la Declaración Transfronteriza.
16/08/2022
La Anif, teniendo en cuenta que su ámbito de trabajo consiste en perseguir el enriquecimiento ilícito de las personas físicas y jurídicas, cumpliendo con lo establecido en el reglamento de la CEMAC, según indica el artículo 15, sobre prevención y represión del Blanqueo de Capitales, la Financiación del Terrorismo y la Proliferación en África Central, el cual exige a los viajeros “la obligación de declaración o comunicación del transporte físico transfronterizo de dinero en efectivo y valores negociables al portador”.
SIF, ha presentado en varias sesiones de trabajo, desde el pasado 15 de junio de este año, los avances de elaboración de un modelo único de Declaración Transfronteriza de fondos o valores a las entidades Ceiba Aeropuertos, Asecna, Ministerio de Seguridad, Ministerio de Transportes, Aduanas y otras autoridades responsables que aprueben y adopten los protocolos de actuación emitidos para tal fin.
Para lograr el control efectivo de Transporte Transfronterizo de Dinero e Instrumentos Financieros, el jueves 11 de agosto, los responsables se han vuelto a reunir para discutir sobre varios puntos de la ficha de Declaración.
Se trata de un documento de cinco páginas, que recoge los datos del viajero, tanto en la entrada y salida en la República de Guinea Ecuatorial a través de las vías, aérea, marítima y terrestre.
Este modelo de Declaración según se ha informado, es de carácter obligatorio en la zona CEMAC y será aplicable cuando el portador transporte una cantidad de dinero en efectivo y otros valores igual o superior a 5.000.000FCFA. En caso de no declarar o facilitar información falsa, las autoridades competentes podrán embargar durante un periodo no superior a 72 horas (72) el efectivo o valores al portador, siendo susceptible de estar vinculado al Blanqueo de Capitales (BC) o a la Financiación del Terrorismo (FT).
Cabe resaltar que la Declaración de equipaje de dinero en efectivo y de títulos representativos de dinero, la elaboran conjuntamente el Ministerio de Hacienda y Aduanas, bajo la supervisión de la Agencia Nacional de Investigación Financiera de Guinea Ecuatorial.
Durante el encuentro, se ha concluido modificar varios puntos de la ficha y analizar la guía de procedimiento de acreditación y devolución de fondos retenidos por infracción a la normatividad sobre transporte transfronterizo de efectivo.
Redacción Anif Guinea Ecuatorial
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